
la eficacia de un texto depende de que quienes intervengan en su intercambio obtengan los mejores resultados comunicativos posibles invirtiendo en esa tarea un esfuerzo mínimo. La efectividad está en relación con la intensidad del impacto comunicativo que el texto provoca en sus receptores. La adecuación es el equilibrio óptimo que se consigue en un texto entre el grado de actualización de los criterios de textualidad, por un lado, y la satisfacción de las demandas comunicativas, por otro. (13)
Las siete normas se presentan en el CAPITULO I, donde se afirma que para que un texto sea comunicativo debe cumplirlas.
La primera norma de textualidad es la COHESIÓN. La cohesión establece las diferentes posibilidades en que pueden conectarse entre sí dentro de una secuencia los componentes de la superficie textual, es decir, las palabras que realmente se escuchan o se leen. (35)
La segunda norma de textualidad es la COHERENCIA. La coherencia regula la posibilidad de que sean accesibles entre sí e interactúen de un modo relevante, los componentes del MUNDO TEXTUAL, es decir, la configuración de los CONCEPTOS y de las RELACIONES que subyacen bajo la superficie del texto. (37)
La INTENCIONALIDAD se refiere a la actitud del productor textual: que una serie de secuencias oracionales constituya un texto cohesionado y coherente es una consecuencia de las intenciones del productor. (40)
La cuarta norma de textualidad es la ACEPTABILIDAD. La aceptabilidad se refiere a la actitud del receptor: una serie de secuencias que constituyan un texto cohesionado y coherente es aceptable para un determinado receptor si éste percibe que tiene alguna relevancia. (41)
La quinta norma de textualidad es la INFORMATIVIDAD. La informatividad sirve para evaluar hasta qué punto las secuencias de un texto son predecibles o inesperadas, si transmiten información conocida o novedosa. (43)
La sexta norma de textualidad es la SITUACIONALIDAD. La situacionalidad se refiere a los factores que hacen que un texto sea RELEVANTE en la situación en la que aparece. (44)
La séptima norma de textualidad es la INTERTEXTUALIDAD. La intertextualidad se refiere a los factores que hacen depender la utilización adecuada de un texto del conocimiento que se tenga de otros textos anteriores. (45)
Esta serie de citas están tomadas, como se indicó, del capítulo inicial. Los autores desarrollan estos conceptos dedicándole, posteriormente, a cada uno un capítulo, donde se profundiza y ejemplifica. Se transcribe aquí para sugerir por una parte la lectura atenta del trabajo de Beaugrande y, por otra, para no perder de vista la complejidad lingüística, inevitable en el proceso de redacción.